Consejo Nacional de Fomento Artesanal
En el artículo N° 9 de la Ley se establece el rol promotor del Estado: El Estado
promueve y facilita el desarrollo de la actividad artesanal a través de los diversos
sectores y niveles de gobierno, estableciendo mecanismos para incentivar la
inversión privada, la producción, el acceso a los mercados interno y externo, la
investigación, el rescate y la difusión cultural, así como otros mecanismos. Todo
ello a través del ente rector:
El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR): ente competente
para ejecutar la promoción, orientación y regulación de la artesanía.
En el ámbito regional son competentes los Gobiernos Regionales.
En el ámbito local son competentes los municipios provinciales y distritales.
Tal como propusimos en nuestro Proyecto, la Ley crea el Consejo Nacional de
Fomento Artesanal y está integrado por 11 representantes:
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