| SESIÓN |
TEMA
TRATADO |
| Primera |
Presentación del Dr. Pedro Gamio Viceministro de Minas, quien expuso sobre las energías limpias. El tema de energías renovables o limpias es un tema cuyo interés no sólo es nacional, sino también mundial. Se requiere de nuevas opciones para que la matriz energética del país cambie. Lo que se logrará con algunas normas que todavía se hacen necesarias, junto a la ya publicada el día viernes 2 de mayo.
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| Segunda |
Presentación el 3 de diciembre de 2007 del Director General de Asuntos Ambientales Mineros del Ministerio de Energía y Minas, Ing. Fredesbindo Vásquez Fernández, quien expuso los principales aspectos que desarrolla la Dirección de Asuntos Ambientales Mineros dentro de su ámbito de actividades, que está orientada principalmente a la evaluación de los estudios de impacto ambiental. Siendo uno de los aspectos principales el marco legal de los instrumentos de gestión ambiental del sector minero relacionado con la evaluación del impacto ambiental de los proyectos mineros.
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| Tercera |
El 24 de marzo de 2008 se presentaron los funcionarios de ORINERMING. El gerente de fiscalización minera de Osinerming, ingeniero Guillermo Shinno, explicó que el ámbito de su actuación comprende tres grandes sectores: electricidad, hidrocarburos y minería; indicando que tienen diferentes facultades como la supervisión, fiscalización y sanción, las cuales comprenden de la verificación de los compromisos que tiene las demás instituciones o empresas en función a las normas sobre todo de protección al medio ambiente. Fiscalización, es la etapa ya en la cual hay instrucción preliminar cuando hay indicios de incumplimientos, y luego la siguiente ya se concluye con un proceso sancionador, que es impuesta por la gerencia general, y la apelación ya resuelta por el Consejo Directivo de Osinerming. Para la fiscalización, se prepara un informe en el cual consta lo fiscalizado, después de ir al campo. Con respecto al cumplimiento de los PAMAs, tenemos pendientes a tres empresas mineras. Ellas son las de Doe Run (La Oroya); Shouthern y Shougang, en el caso de Marcona. A su turno, el Julio Salvador Facome, Gerente de Fiscalización de Gas Natural, informó que en el caso del sector hidrocarburos, el tema de los PAMAs, estamos en la parte final.
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| Cuarta |
Presentación de los ejecutivos de la empresa Doe Run del Perú, ante la preocupación en el incumplimiento de su programa de adecuación medioambiental. En este sentido, los citados ejecutivos indicaron que Doe Run Perú cumplió ocho de nueve proyectos PAMA, y que el noveno proyecto PAMA lo va a cumplir en los cronogramas oficiales y legales que existen con respecto a los tres proyectos principales, es decir en setiembre de este año la conclusión de la construcción de la planta de ácido sulfúrico con circuito de plomo, como también en octubre del próximo año, la planta de ácido sulfúrico con circuito de cobre, y también la implementación de la modernización del circuito de fundición de cobre con tecnología moderna de Australia.
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| Quinta |
Se presentaron los ejecutivos de la firma Shouthern Perú S.A. quienes expusieron el Programa de Adecuación y Manejo Ambiental de Shouthern Perú, incluida a las operaciones de Cuajone, Toquepala e Ilo, el mismo que fue aprobado el 31 de enero del año 1997. A las operaciones de Cuajone y Toquepala se les dio un plazo de cinco años para cumplir con los proyectos PAMA. Esto ha concluido en el año 2002, y han sido aprobados por el Ministerio de Energía y Minas, mediante la resolución correspondiente, en el año 2002. Por lo tanto, los que han quedado pendientes han sido los proyectos incluidos en el PAMA de las operaciones de Ilo.
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| Sexta |
El 26 de mayo de 2008 se presentó PLUSPETROL para explicar que, a diferencia del sector minero, en el subsector hidrocarburos, los PAMA formaron lo que podemos llamar la primera parte de lo que es la adecuación de la gestión medio ambiental en el subsector.
En el caso de la fiscalización que hizo Osinerming en su momento, determinó que la empresa Pluspetrol había incumplido tanto el PAMA del Lote 8 como el PAMA del 1-AB. Osinerming impuso una multa a PLUSPETROL de 50 UIT en cada uno de los casos y sin embargo, no hubo necesidad de continuar realizando ninguna ejecución de PAMA, puesto que tal y como Pluspetrol lo habría dicho y habría puesto por escrito en dos recursos de reconsideración ante Osinerming, habrían cumplido el 100% de los PAMA. Sin perjuicio de ello, la empresa señaló que procedieron a pagar las multas, dejando constancia de su posición respecto a que no habría absolutamente nada que continuar cumpliendo.
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