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Grupo de Trabajo
Pesca y desarrollo sostenible

Reglamento

Capítulo I: Contenido y Conformación

Artículo 1º.- Contenido

El presente Reglamento norma los fines, la organización y funciones del Grupo de Trabajo en Pesquería y su Desarrollo Sostenible de la Comisión de Producción y Mype y Cooperativas, en concordancia con la Constitución Política y el Reglamento del Congreso de la República (RCR). Corresponde su aprobación y modificación al Pleno del Grupo de Trabajo de Pesquería y su Desarrollo Sostenible de la Comisión de Producción y Mype y Cooperativas.

Artículo 2º.- Conformación

El Grupo de Trabajo de Pesquería y su Desarrollo Sostenible, es un grupo de trabajo especializado de la Comisión de Producción y Mype y Cooperativas del Congreso de la República y está integrada por los siguientes Congresistas, todos ellos miembros titulares de la referida comisión de Producción y Micro y Pequeña Empresa:

(i) Fabiola Morales Castillo
UN (SN), Presidenta
(ii) Wilder Calderón Castro
PAP
(iii) Miguel Guevara Trelles
PAP
(iv) Isaac Mekler Neiman
PNP
(v) Daniel Abugattas Majluf
PNP
(vi) José Anaya Oropeza
UPP
(vii) Eduardo Espinoza Ramos
UPP
(viii) Alejandro Aguinaga Recuenco
AF
(ix) David Waisman Rjavinsthi AP

Capítulo II: Estructura orgánica

Artículo 3º.- Organización

El Grupo de trabajo de Pesquería y su Desarrollo Sostenible de la Comisión de Producción y Mype y Cooperativas está constituido por los siguientes órganos:

  • El Pleno.
  • La Mesa Directiva.
  • La Presidencia.

Artículo 4º.- El Pleno

El Pleno es el órgano máximo deliberativo y de decisión Grupo de Trabajo de Pesquería y su Desarrollo Sostenible de la Comisión de Producción y Micro y Pequeña Empresa y Cooperativas, constituido por los ocho congresistas miembros del grupo de trabajo. Los miembros son los Congresistas que han decidido integrar el Grupo de Trabajo, todos ellos miembros de la Comisión de Producción y Micro y Pequeña Empresa y Cooperativas, participan en el desarrollo de las funciones del Grupo de Trabajo con derecho a voz y voto.

Artículo 5º.- Mesa Directiva

La Mesa Directiva está conformada por un:

  • Presidenta,
  • Vicepresidente, y
  • Secretario.

Artículo 6°.- La Presidenta

La Presidenta del Grupo de Trabajo de Pesquería y su Desarrollo Sostenible es elegida por el Pleno de la Comisión de Producción y Micro y Pequeña Empresa por un periodo anual de sesiones. La Presidenta del Grupo de Trabajo de Pesquería y su Desarrollo Sostenible tiene a su cargo la dirección administrativa y de los debates que se realizan en el Pleno del Grupo de Trabajo. Como presidenta del Grupo de Trabajo de Pesquería y su Desarrollo Sostenible, ha sido elegida la congresista del Grupo Parlamentario Unidad Nacional (representante de Solidaridad Nacional), Dra. Fabiola Morales Castillo.

Capítulo III: Funciones y Atribuciones de los Órganos

Artículo 7º.- Funciones y Atribuciones del Pleno

El Pleno tiene las siguientes funciones y atribuciones:

  • Estudiar los proyectos de ley ingresados a la Comisión de Producción y Micro y Pequeña Empresa y Cooperativas, relacionados al tema de pesquería y su desarrollo sostenible. Cuando el Pleno de la Comisión antes mencionada, se lo solicite.
  • Atender las consultas que sobre temas relativos a su especialidad y competencia son puestas a su consideración.
  • Acordar la realización de sesiones ordinarias, extraordinarias y descentralizadas.
  • Incorporar en la agenda, a propuesta de los miembros titulares, temas que se consideren necesarios.
  • Convenir la realización de audiencias públicas, foros y visitas de trabajo.
  • Acordar la invitación de los Ministros y Vice-ministros de Estado, titulares de Pliegos, autoridades y funcionarios del sector público, para que sustenten o esclarezcan asuntos de importancia para el Grupo de Trabajo.
  • Acordar la realización de eventos que involucren al sector pesca.
  • Acordar invitar a las entidades, instituciones y gremios vinculados con la actividad de pesca y afines, para que expongan sus planteamientos y sugerencias con la finalidad de promover el sector.
  • Acordar cursar recomendaciones a los diferentes actores del Sector Pesca y organismos pertinentes sobre aspectos de su competencia.
  • Otras que el Pleno del Grupo de Trabajo considere pertinentes.

Artículo 8º.- Funciones y Atribuciones de la Presidenta

La Presidenta tiene las siguientes funciones y atribuciones:

  • Convocar y presidir las sesiones del Grupo de Trabajo.
  • Fijar la agenda y dirigir los debates.
  • Abrir, suspender y levantar las sesiones.
  • Ejecutar los acuerdos que arribe el Grupo de Trabajo.
  • Dirimir las votaciones en caso de empate, sin perjuicio de su propio voto.
  • Representar oficialmente al Grupo de Trabajo.
  • Coordinar y mantener las buenas relaciones del Grupo de Trabajo con los organismos y entidades del sector público y privado.
  • Requerir a las entidades públicas y privadas los informes que considere pertinente sobre los asuntos del Grupo de Trabajo.
  • Dar trámite inmediato a los documentos que ingresen o sean derivados por la Comisión de Producción y Micro y Pequeña Empresa y Cooperativas al Grupo de Trabajo, con cargo a dar cuenta a los demás integrantes,
  • Velar por el cumplimiento de los acuerdos aprobados en el Pleno del Grupo de Trabajo.
  • Otras que acuerde el Pleno del Grupo de Trabajo y la Comisión de Producción y Micro y Pequeña Empresa, con respecto a la misma.

Artículo 9º.- Funciones y Atribuciones del Vicepresidente

El Vicepresidente asume las funciones de la Presidenta en caso de ausencia de ésta, con las mismas atribuciones que le corresponde.

Artículo 10º.- Funciones del Secretario

El Secretario tiene a su cargo las siguientes funciones:

  • Suscribir, conjuntamente con la Presidenta, el Acta de cada sesión ordinaria y extraordinaria,
  • Registrar y transcribir los acuerdos de las sesiones,
  • Prever el asesoramiento necesario y la documentación para los acuerdos de la sesión,
  • Asumir las funciones del Vicepresidente en caso de ausencia, con las atribuciones que le corresponde al mismo,
  • Ejercer las demás funciones que le encomiende el Pleno o la Presidenta del Grupo de Trabajo.

Capítulo IV: Funcionamiento del Grupo de Trabajo de Pesquería y su Desarrollo Sostenible

Artículo 11º.- Sesiones Ordinarias y Extraordinarias

El Grupo de Trabajo de Pesquería y su Desarrollo Sostenible sesiona ordinariamente una vez cada dos semanas. En forma extraordinaria lo hace las veces que sea necesario, cuando lo convoque el Presidente o a propuesta de dos tercios de sus miembros o por acuerdo del Pleno. La Presidencia remite a los miembros la agenda y la documentación a tratarse con una anticipación de veinticuatro (24) horas al inicio de cada sesión por vía electrónica. Por excepción, se entregará físicamente. En caso de suspensión de las sesiones convocadas o queden puntos pendientes de debate la documentación remitida será utilizadas para las sesiones siguientes.

Artículo 12°.- Sesiones Públicas y Secretas

Las sesiones del Grupo de Trabajo de Pesquería y su Desarrollo Sostenible son públicas. El Presidenta puede disponer el pase a sesión secreta cuando lo considere necesario si así lo amerita el tema a tratar o si lo acuerda el Pleno a solicitud de uno de sus miembros. Los miembros asisten a las sesiones del Grupo de Trabajo, salvo que se encuentren con licencia, estén suspendidos, de viaje fuera de la capital o por motivos de enfermedad. Estas ausencias que inciden en el quórum de las sesiones deben ser comunicadas en forma expresa antes del inicio de la sesión.

Artículo 13º.- Quórum de Sesiones

El quórum para las sesiones del Grupo de Trabajo es de la mitad más uno de sus miembros. Se otorga quince (15) minutos de tolerancia para su comprobación. El Presidenta, en situaciones justificadas, puede ampliar el plazo antes mencionado. No se computa para los efectos del quórum a los miembros de la Comisión que se encuentren comprendidos en el último párrafo del artículo anterior del presente Reglamento y los autorizados a asistir a una comisión en las oficinas del Congreso. Los acuerdos se toman por el voto de la mayoría simple de sus miembros asistentes.

Artículo 14°.-Sesiones Informativas

Tratándose de sesiones en las que se inviten a funcionarios y autoridades del sector público o representantes del sector privado para exponer sobre asuntos de interés del Grupo de Trabajo. Éstas podrán realizarse sin contar con el quórum señalado en el artículo anterior, con la presencia de por lo menos uno de los miembros de la Mesa Directiva del Grupo de Trabajo.

Artículo 15º.-Pedidos e Informes

Los pedidos e informes son presentados al Pleno en forma escrita o verbal durante las sesiones. Luego de su sustentación y debate correspondiente, son sometidos a votación. De existir un acuerdo favorable, el pedido es canalizado a través de la Presidencia.

Capítulo V: Desarrollo de las sesiones

Artículo 16º.- Orden de las Sesiones

Las sesiones son dirigidas por la Presidenta del Grupo de Trabajo y se desarrollan en el siguiente orden:

  • Lectura y aprobación del acta anterior,
  • Despacho (síntesis escrita),
  • Informes,
  • Pedidos, y
  • Orden del día.

La Presidenta, a propuesta de cualquier Congresista del Grupo de Trabajo y previo acuerdo del Pleno, puede modificar el orden de la sesión.

Artículo 17º.- Uso de la Palabra e Interrupciones

Los miembros del Grupo de Trabajo piden el uso de la palabra a la Presidenta y lo hacen en el orden que lo solicitan. El que hace uso de la palabra debe dirigirse a la Presidenta con el debido respeto. Las interrupciones se solicitan por intermedio de la Presidenta, quien la concede con la anuencia del que está en el uso de la palabra.

Artículo 18º.- Oportunidad de Votaciones

Los asuntos de deliberación no son sometidos a votación, hasta que la Presidenta de por agotado el debate. Cuando las proposiciones comprenden varios puntos, se discuten separadamente, salvo opinión contraria del ponente.

Artículo 19º.- Adopción de Acuerdos

Las decisiones del Grupo de Trabajo se traducen en acuerdos que se ejecutan o tramitan según el requerimiento de cada caso. Los acuerdos que adopte el Grupo de Trabajo se registran en las actas que son aprobadas y firmadas en la sesión siguiente. Los pormenores de las sesiones constan en la transcripción de las versiones magnetofónicas.

Artículo 20º.- Derecho a Voz y Voto

En las sesiones del Grupo de Trabajo todos sus miembros tienen derecho a voz y voto.

Artículo 21º.- Formas de Votación

La votación es nominal. En el acta de la sesión se indica los votos a favor, en contra y las abstenciones. Los miembros del Grupo de Trabajo pueden fundamentar su voto y pedir que sus argumentos se inserten en el acta.

Artículo 22º.- Reconsideración

La reconsideración de un asunto resuelto en el Grupo de Trabajo, requiere que haya nuevos elementos para admitirla a debate. Su admisión a debate requiere el voto favorable de la mitad más uno del número legal de integrantes del Grupo de Trabajo. Si es favorable pasa a la orden del día, si no lo es, termina el incidente. En la orden del día se abre nuevo debate sobre el fondo del asunto, traduciéndose en acuerdo la decisión del Grupo de Trabajo. No pueden presentarse reconsideraciones luego de aprobada o dispensada la aprobación del acta.

Artículo 23º.- Cuestiones Previas

En las cuestiones previas, quien la plantea tiene cinco (5) minutos como máximo para sustentarla, igual término tienen los que se oponen. Concluido este lapso se pone al voto la misma. Si se acepta, se pone a debate otro punto.

Artículo 24º.- Formalidad del Acta

El acta es el documento que contiene los acuerdos adoptados y un resumen de los informes que se presenten y su fundamentación. Para mayores detalles, la transcripción oficial de la sesión se adjunta al acta, formando parte de esta. El acta una vez aprobada, es firmada por la Presidenta y refrendado por el Secretario.

Disposición final

ÚNICA.-

Se aplicará el Reglamento del Congreso de la República en los casos no previstos en este Reglamento. Los no contemplados en ninguno de los casos, los resuelve el Pleno del Grupo de Trabajo de Pesquería y su Desarrollo Sostenible, de acuerdo al derecho consuetudinario y a la hermenéutica parlamentaria.