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Grupo de Trabajo
Pesca y desarrollo sostenible
Reglamento
Capítulo I:
Contenido y Conformación
Artículo 1º.- Contenido
El presente Reglamento norma los fines, la
organización y
funciones del Grupo de Trabajo en
Pesquería y su Desarrollo
Sostenible de la Comisión
de Producción y Mype y
Cooperativas, en concordancia con la Constitución Política
y el Reglamento del Congreso de la República (RCR).
Corresponde su aprobación y modificación al Pleno del
Grupo de Trabajo de Pesquería y su Desarrollo Sostenible de
la Comisión de Producción y Mype y Cooperativas.
Artículo 2º.- Conformación
El Grupo de Trabajo de Pesquería y su Desarrollo Sostenible,
es un grupo de trabajo especializado de la Comisión de
Producción y Mype y Cooperativas del Congreso de la
República y está integrada por los siguientes Congresistas,
todos ellos miembros titulares de la referida comisión de
Producción y Micro y Pequeña Empresa:
| (i) |
Fabiola Morales Castillo
|
UN (SN), Presidenta |
| (ii) |
Wilder Calderón Castro
|
PAP
|
| (iii) |
Miguel Guevara Trelles
|
PAP
|
| (iv) |
Isaac Mekler Neiman
|
PNP
|
| (v) |
Daniel Abugattas Majluf
|
PNP
|
| (vi) |
José Anaya Oropeza
|
UPP
|
| (vii) |
Eduardo Espinoza Ramos
|
UPP
|
| (viii) |
Alejandro Aguinaga Recuenco
|
AF |
| (ix) |
David Waisman Rjavinsthi |
AP |
Capítulo II:
Estructura orgánica
Artículo 3º.- Organización
El Grupo de trabajo de Pesquería y su Desarrollo Sostenible de la
Comisión de Producción y Mype y Cooperativas está constituido
por los siguientes órganos:
- El Pleno.
- La Mesa Directiva.
- La Presidencia.
Artículo 4º.- El Pleno
El Pleno es el órgano máximo deliberativo y de decisión Grupo de
Trabajo de Pesquería y su Desarrollo Sostenible de la Comisión de
Producción y Micro y Pequeña Empresa y Cooperativas,
constituido por los ocho congresistas miembros del grupo de
trabajo.
Los miembros son los Congresistas que han decidido
integrar el Grupo de Trabajo, todos ellos miembros de la Comisión
de Producción y Micro y Pequeña Empresa y Cooperativas, participan en el desarrollo de las funciones del Grupo de Trabajo
con derecho a voz y voto.
Artículo 5º.- Mesa Directiva
La Mesa Directiva está conformada por un:
- Presidenta,
- Vicepresidente, y
- Secretario.
Artículo 6°.- La Presidenta
La Presidenta del Grupo de Trabajo de Pesquería y su Desarrollo
Sostenible es elegida por el Pleno de la Comisión de Producción y
Micro y Pequeña Empresa por un periodo anual de sesiones. La
Presidenta del Grupo de Trabajo de Pesquería y su Desarrollo
Sostenible tiene a su cargo la dirección administrativa y de los
debates que se realizan en el Pleno del Grupo de Trabajo.
Como
presidenta del Grupo de Trabajo de Pesquería y su Desarrollo
Sostenible, ha sido elegida la congresista del Grupo Parlamentario
Unidad Nacional (representante de Solidaridad Nacional), Dra. Fabiola Morales Castillo.
Capítulo III:
Funciones y Atribuciones de los Órganos
Artículo 7º.- Funciones y Atribuciones del Pleno
El Pleno tiene las siguientes funciones y atribuciones:
- Estudiar los proyectos de ley ingresados a la Comisión de Producción y Micro y Pequeña Empresa y Cooperativas, relacionados al tema de pesquería y su desarrollo sostenible. Cuando el Pleno de la Comisión antes mencionada, se lo solicite.
- Atender las consultas que sobre temas relativos a su especialidad y competencia son puestas a su consideración.
- Acordar la realización de sesiones ordinarias, extraordinarias y descentralizadas.
- Incorporar en la agenda, a propuesta de los miembros titulares, temas que se consideren necesarios.
- Convenir la realización de audiencias públicas, foros y visitas de trabajo.
- Acordar la invitación de los Ministros y Vice-ministros de Estado, titulares de Pliegos, autoridades y funcionarios del sector público, para que sustenten o esclarezcan asuntos de importancia para el Grupo de Trabajo.
- Acordar la realización de eventos que involucren al sector pesca.
- Acordar invitar a las entidades, instituciones y gremios vinculados con la actividad de pesca y afines, para que expongan sus planteamientos y sugerencias con la finalidad de promover el sector.
- Acordar cursar recomendaciones a los diferentes actores del Sector Pesca y organismos pertinentes sobre aspectos de su competencia.
- Otras que el Pleno del Grupo de Trabajo considere pertinentes.
Artículo 8º.- Funciones y Atribuciones de la Presidenta
La Presidenta tiene las siguientes funciones y atribuciones:
- Convocar y presidir las sesiones del Grupo de Trabajo.
- Fijar la agenda y dirigir los debates.
- Abrir, suspender y levantar las sesiones.
- Ejecutar los acuerdos que arribe el Grupo de Trabajo.
- Dirimir las votaciones en caso de empate, sin perjuicio de su propio voto.
- Representar oficialmente al Grupo de Trabajo.
- Coordinar y mantener las buenas relaciones del Grupo de Trabajo con los organismos y entidades del sector público y privado.
- Requerir a las entidades públicas y privadas los informes que considere pertinente sobre los asuntos del Grupo de Trabajo.
- Dar trámite inmediato a los documentos que ingresen o sean derivados por la Comisión de Producción y Micro y Pequeña Empresa y Cooperativas al Grupo de Trabajo, con cargo a dar cuenta a los demás integrantes,
- Velar por el cumplimiento de los acuerdos aprobados en el Pleno del Grupo de Trabajo.
- Otras que acuerde el Pleno del Grupo de Trabajo y la Comisión de Producción y Micro y Pequeña Empresa, con respecto a la misma.
Artículo 9º.- Funciones y Atribuciones del Vicepresidente
El Vicepresidente asume las funciones de la Presidenta en caso de ausencia de ésta, con las mismas atribuciones que le corresponde.
Artículo 10º.- Funciones del Secretario
El Secretario tiene a su cargo las siguientes funciones:
- Suscribir, conjuntamente con la Presidenta, el Acta de cada sesión ordinaria y extraordinaria,
- Registrar y transcribir los acuerdos de las sesiones,
- Prever el asesoramiento necesario y la documentación para los acuerdos de la sesión,
- Asumir las funciones del Vicepresidente en caso de ausencia, con las atribuciones que le corresponde al mismo,
- Ejercer las demás funciones que le encomiende el Pleno o la Presidenta del Grupo de Trabajo.
Capítulo IV:
Funcionamiento del Grupo de Trabajo de Pesquería y su Desarrollo Sostenible
Artículo 11º.- Sesiones Ordinarias y Extraordinarias
El Grupo de Trabajo de Pesquería y su Desarrollo Sostenible sesiona
ordinariamente una vez cada dos semanas. En forma extraordinaria
lo hace las veces que sea necesario, cuando lo convoque el
Presidente o a propuesta de dos tercios de sus miembros o por
acuerdo del Pleno. La Presidencia remite a los miembros la agenda
y la documentación a tratarse con una anticipación de veinticuatro
(24) horas al inicio de cada sesión por vía electrónica. Por
excepción, se entregará físicamente. En caso de suspensión de las
sesiones convocadas o queden puntos pendientes de debate la
documentación remitida será utilizadas para las sesiones
siguientes.
Artículo 12°.- Sesiones Públicas y Secretas
Las sesiones del Grupo de Trabajo de Pesquería y su Desarrollo
Sostenible son públicas. El Presidenta puede disponer el pase a
sesión secreta cuando lo considere necesario si así lo amerita el
tema a tratar o si lo acuerda el Pleno a solicitud de uno de sus
miembros.
Los miembros asisten a las sesiones del Grupo de
Trabajo,
salvo que se encuentren con licencia, estén suspendidos,
de viaje
fuera de la capital o por motivos de enfermedad. Estas
ausencias
que inciden en el quórum de las sesiones deben ser
comunicadas en forma expresa antes del inicio de la sesión.
Artículo 13º.- Quórum de Sesiones
El quórum para las sesiones del Grupo de Trabajo es de la mitad
más uno de sus miembros. Se otorga quince (15) minutos de
tolerancia para su comprobación. El Presidenta, en situaciones
justificadas, puede ampliar el plazo antes mencionado.
No se
computa para los efectos del quórum a los miembros de la Comisión
que se encuentren comprendidos en el último párrafo del artículo
anterior del presente Reglamento y los autorizados a asistir a una
comisión en las oficinas del Congreso. Los acuerdos se toman por
el voto de la mayoría simple de sus miembros asistentes.
Artículo 14°.-Sesiones Informativas
Tratándose de sesiones en las que se inviten a funcionarios y
autoridades del sector público o representantes del sector privado
para exponer sobre asuntos de interés del Grupo de Trabajo. Éstas
podrán realizarse sin contar con el quórum señalado en el artículo
anterior, con la presencia de por lo menos uno de los miembros de la
Mesa Directiva del Grupo de Trabajo.
Artículo 15º.-Pedidos e Informes
Los pedidos e informes son presentados al Pleno en forma escrita o
verbal durante las sesiones. Luego de su sustentación y debate
correspondiente, son sometidos a votación. De existir un acuerdo
favorable, el pedido es canalizado a través de la Presidencia.
Capítulo V:
Desarrollo de las sesiones
Artículo 16º.- Orden de las Sesiones
Las sesiones son dirigidas por la Presidenta del Grupo de Trabajo
y se desarrollan en el siguiente orden:
- Lectura y aprobación del acta anterior,
- Despacho (síntesis escrita),
- Informes,
- Pedidos, y
- Orden del día.
La Presidenta, a propuesta de cualquier Congresista del Grupo de
Trabajo y previo acuerdo del Pleno, puede modificar el orden de la
sesión.
Artículo 17º.- Uso de la Palabra e Interrupciones
Los miembros del Grupo de Trabajo piden el uso de la palabra a la
Presidenta y lo hacen en el orden que lo solicitan. El que hace uso
de la palabra debe dirigirse a la Presidenta con el debido respeto.
Las interrupciones se solicitan por intermedio de la Presidenta,
quien
la concede con la anuencia del que está en el uso de la palabra.
Artículo 18º.- Oportunidad de Votaciones
Los asuntos de deliberación no son sometidos a votación, hasta que
la Presidenta de por agotado el debate. Cuando las proposiciones
comprenden varios puntos, se discuten separadamente, salvo
opinión contraria del ponente.
Artículo 19º.- Adopción de Acuerdos
Las decisiones del Grupo de Trabajo se traducen en acuerdos que se
ejecutan o tramitan según el requerimiento de cada caso.
Los
acuerdos que adopte el Grupo de Trabajo se registran en las actas
que son aprobadas y firmadas en la sesión siguiente. Los
pormenores de las sesiones constan en la transcripción de las
versiones magnetofónicas.
Artículo 20º.- Derecho a Voz y Voto
En
las sesiones del Grupo de Trabajo todos sus miembros tienen
derecho a voz y voto.
Artículo 21º.- Formas de Votación
La votación
es nominal. En el acta de la sesión se indica los votos a
favor, en
contra y las abstenciones. Los miembros del Grupo de
Trabajo
pueden fundamentar su voto y pedir que sus argumentos se
inserten
en el acta.
Artículo 22º.- Reconsideración
La reconsideración de un
asunto resuelto en el Grupo de Trabajo,
requiere que haya nuevos
elementos para admitirla a debate. Su
admisión a debate requiere el
voto favorable de la mitad más uno
del número legal de integrantes
del Grupo de Trabajo. Si es
favorable
pasa a la orden del día, si no lo
es, termina el incidente.
En la orden
del día se abre nuevo debate
sobre el fondo del asunto,
traduciéndose en acuerdo la decisión del
Grupo de Trabajo. No
pueden presentarse reconsideraciones luego
de aprobada o
dispensada la aprobación del acta.
Artículo 23º.- Cuestiones Previas
En las cuestiones previas, quien la plantea tiene cinco (5) minutos
como máximo para sustentarla, igual término tienen los que se
oponen. Concluido este lapso se pone al voto la misma. Si se acepta,
se pone a debate otro punto.
Artículo 24º.- Formalidad del Acta
El acta es el documento que contiene los acuerdos adoptados y un
resumen de los informes que se presenten y su fundamentación.
Para mayores detalles, la transcripción oficial de la sesión se adjunta
al acta, formando parte de esta. El acta una vez aprobada, es firmada
por la Presidenta y refrendado por el Secretario.
Disposición final
ÚNICA.-
Se aplicará el Reglamento del Congreso de la República en los
casos no previstos en este Reglamento. Los no contemplados
en ninguno de los casos, los resuelve el Pleno del Grupo de
Trabajo de Pesquería y su Desarrollo Sostenible, de acuerdo
al derecho consuetudinario y a la hermenéutica
parlamentaria.
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